Hoy ha salido publicado en el BOE el Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
No soy un escéptico ante la mediación como la mayoría de profesionales jurídicos. Creo que debidamente implantada, con buenos profesionales y medios para que todos los ciudadanos tengan acceso a la misma puede desahogar nuestros Juzgados y Tribunales de la sobrecarga de trabajo que los atenazan.
Uno de los males de nuestra sociedad es la excesiva judicialización de los conflictos y esta norma pretende ponerle freno. Otro acierto de esta norma es su título competencial en el que considera a la mediación como parte de la Justicia, al igual que el arbitraje. La Constitución Española no lo hizo en su momento porque no se tuvo en consideración la resolución alternativa de conflictos (ADR en sus siglas en inglés), ya que no estaba desarrollada como lo está ahora. Esto ha tenido como consecuencia una proliferación de normas autonómicas dispersas que ha frenado el desarrollo de la figura del mediador. Afortunadamente, este RDL va a obligar a armonizar dichas normativas con la estatal.
Ahora sólo queda cruzar los dedos para que tenga éxito.